DestacadasLocalesNoticias

Condenado por la muerte de Adan Serreino, provocó disturbios y fue detenido en Puelén

16/11/15 – 25 de Mayo – Angel Patricio Molina condenado a 4 años de prisión por la muerte del joven Adán Serreino en 2008, fue detenido, este domingo, en Puelén, luego de generar disturbios en las carreras hípicas que se realizaban en esta localidad. En estado de ebriedad, fue reducido por el personal policial y trasladado a la Comisaría Departamental.

 

Los hechos se registraron en el marco de los festejos por el 122º aniversario de la localidad de Puelén, este domingo se realizaban carreras hípicas. A las 18 hs, Molina que se encontraba en estado de ebriedad, estaba causando molestias a los presentes, por lo que debió ser sacado en dos oportunidades del predio. 

 
 

Como insistía en causar inconvenientes, personal policial que estaba en el lugar, lo redujo y luego lo trasladaron detenido hasta la Comisaría Departamental.

 
 

Este lunes se labro un acta de contravención y se ordenó su libertad. 

 
 
 
 
 

Cabe recordar que Angel Patricio Molina, fue acusado de homicidio culposo y lesiones graves, después de que en noviembre de 2008 atropellara durante una picada, en pleno centro de la localidad de 25 de Mayo, a Adán Serraino, un adolescente que caminaba junto a dos amigos y falleció en el acto.

 
 
 

En 2012, los jueces de la Cámara en lo Criminal habían encontrado responsable a Molina del homicidio culposo y lesiones leves culposas y, en coincidencia con la fiscalía, lo habían condenado a 5 años de prisión. En ese momento, la querella había requerido 9 años de prisión por homicidio con dolo eventual.

 
 
 
 

En 2014 el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) aceptó parcialmente una impugnación y bajó la pena 5 a 4 años de prisión.

 
 
 
 

Había sido, hace tres años, el primer caso de un pampeano condenado a prisión efectiva por provocar un siniestro de tránsito. Manejaba borracho y a alta velocidad.

 
 
 

El 1º de noviembre de 2008 Molina mató al chocar, en su auto Fiat Uno, a Adán Serraino, un adolescente que caminaba por el cordón cuenta de la calle Victorica junto a dos amigos en la localidad de 25 de Mayo. Uno de los amigos recibió lesiones leves.

Los padres de Serraino dijeron, en base al testimonio de algunas personas, que Molina iba corriendo una picada ilegal por la calle. Otros testimonios sostuvieron que no era así. Para los jueces no se pudo comprobar que Molina haya estado corriendo una picada.

Los camaristas en su momento dijeron que, como Molina no mostraba arrepentimiento, la pena de 5 años era justa.

 
 
 
 
 

La jueza Fantini –la primera en votar, en el TIP- dijo que la pena le parecía excesiva. Comparó la situación con otras condenas por siniestros de tránsito. «Necesariamente no puedo dejar de tener en cuenta otros procesos por idénticos delitos ocurridos en el tránsito rodado, con consecuencias también harto lamentables y con parámetros que estaría revelando una intensificación máxima de los índices de desaprensión y desprecio por el otro, que concluyen con una pena menor, incluso tratándose de múltiples víctimas fatales y con una alta entidad culposa».

 
 
 
 
 
 

«Y es en esta realidad que entiendo –no sé si correctamente o no- que no puedo soslayar, la que me convence que el máximo de la pena privativa de libertad, en este caso particular, me resulta un poco excesivo, aún sopesando el trasfondo que campeó en este proceso en cuanto a encontrarse el imputado en una situación de competencia con otro automotor, extremo que no fuera tenido como comprobado por el tribunal de juicio. Es por ello que (…) considero que el máximo de la pena legal prevista resulta desproporcionado para el hecho a él enrostrado, entendiendo que un término de cuatro años es el adecuado para sancionar, con equidad, lo por él actuado», expresó la jueza Fantini.

 
 
 
 
 
 

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba