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25 de Mayo-Se prohíbe la comercialización, tenencia y manipulación de pirotecnia

Está prohibida la comercialización, tenencia, manipulación, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia.
Ante el incumplimiento de la siguiente ordenanza № 47/16, se hará efectivo lo establecido en el Artículo № 52 del código de faltas Municipal “ falta contra la seguridad público”
Se sancionará con el equivalente del 100 a 200 UF. Además del decomiso y posterior destrucción que se realizarán en presencia de personal idóneo y/o clausura preventiva de comercio.




