Imponen restricción y pago de cuota alimentaria a un empresario investigado por abuso

La Justicia Civil de Santa Rosa dictó una serie de medidas urgentes contra el empresario gastronómico Julio Ernesto Espinosa, propietario de la pizzería «Capriccio», en el marco de una causa por abuso sexual iniciada por su ex pareja. La resolución, firmada por el juez Andrés Nicolás Zulaica, establece una restricción de acercamiento, el pago de una cuota alimentaria provisoria y la obligatoriedad de asistencia terapéutica para el demandado.
La Oficina de Gestión Judicial de Familia dispuso el trámite de medida autosatisfactiva para neutralizar la situación de riesgo y vulnerabilidad de la víctima. El fallo ordena la inmediata prohibición de acceso y acercamiento de Espinosa a un radio de 200 metros del domicilio de la víctima en Toay, así como la prohibición de contactarla por cualquier medio o realizar actos de intimidación.
Los fundamentos
El Defensor Civil Ceferino Riela basó su pedido en la necesidad de otorgar una tutela judicial efectiva que trascienda el ámbito penal. La medida contó con la intervención de la Oficina de Atención a la Víctima y de la fiscal de género, Alejandra Moyano, ambas del ámbito de la justicia penal, donde se tramita la causa por violencia de género contra Espinosa, entre otras.
Entre los fundamentos principales se destacan:
Vulnerabilidad extrema: La denunciante no posee familiares en la zona y presenta problemas de salud que le impiden reinsertarse laboralmente.
Desigualdad económica: Mientras el imputado es dueño de un comercio activo, la mujer depende actualmente de ayuda estatal para subsistir tras haber perdido su empleo en el negocio familiar a raíz de la violencia.
Insuficiencia de la medida penal: Riela advirtió que la restricción vigente en el legajo penal tiene como fin evitar riesgos procesales para la investigación y no específicamente resguardar la integridad psicofísica de la víctima bajo la Ley 26.485.
Contribución económica y exclusión
El magistrado fijó una contribución alimentaria provisoria de $500.000 mensuales que Espinosa deberá depositar en una cuenta bancaria. Además, el empresario deberá asumir el pago de los servicios básicos (luz, agua y gas) de la vivienda donde reside la mujer. También tendrá que acreditar su inclusión terapéutica ante el Equipo de Masculinidades de la Municipalidad de Santa Rosa, con un plazo de informe previo al 28 de junio de 2026. La resolución también impone al imputado que debe abstenerse de difundir imágenes, datos o conversaciones privadas de la accionante, bajo apercibimiento legal.
Las medidas cautelares regirán por un plazo de 120 días (hasta el 27 de agosto de 2026), período durante el cual la actora deberá instar la acción judicial correspondiente. El juez advirtió a Espinosa que el incumplimiento de estas órdenes podría derivar en sanciones penales por desobediencia a la autoridad.
El empresario gastronómico es investigado penalmente por tres delitos gravísimos: «Abuso sexual» y «Privación ilegítima de la libertad», respecto a su expareja, y «Amenazas», el imputado donde habría utilizado como nexo para proferir la amenaza a un funcionario provincial, quien se desempeña en el Ministerio de Gobierno que maneja Pascual Fernández y que además es expareja de una testigo. Este hostigamiento provocó que la mujer sufriera una severa crisis nerviosa, obligando a la Justicia a actuar de inmediato para garantizar su integridad.




