NoticiasProvincialesSin categorizar

Pornografía infantil: detienen a un comerciante

05/02/16 – El juez de control, Fernando Rivarola, formalizó la investigación fiscal preparatoria contra un comerciante de 38 años en orden a la presunta comisión de los delitos de pornografía infantil y exhibiciones obscenas en perjuicio de un sobrino de seis años.

 

 

 

 

En la audiencia de formalización, la fiscala Leticia Pordomingo le imputó en forma provisoria los delitos previstos en los artículos 128 y 129 del Código Penal en concurso ideal, o sea que ambos formarían parte de un solo hecho.

El primer artículo reprime con prisión de seis meses a cuatro años al que “produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores”.

El segundo castiga con la misma pena al que “ejecutare o hiciese ejecutar por otros actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros” cuando se trate de un menor de 13 años, “con independencia de la voluntad del afectado”.

Al imputado se le atribuyó que en su casa, y ante la presencia de un amigo, le pidió a su sobrino que se bajara el pantalón y el calzoncillo para filmarlo con un celular.

Rivarola, en su resolución, dispuso cuatro medidas requeridas por Pordomingo: ordenó que se realice la audiencia en Cámara Gesell con el menor, que se abra el teléfono secuestrado para buscar las filmaciones y fotos que pudiera contener, y que se disponga el examen mental obligatorio –previsto en el artículo 82 del Código Procesal Penal de La Pampa– al comerciante. Ese texto establece que “el imputado será sometido a un examen mental, siempre que el delito que se le atribuya tenga carácter sexual”.

Por último, el juez libró una prohibición absoluta de acercamiento del tío con su sobrino hasta la realización de la audiencia en Cámara Gesell, con el fin de preservar el testimonio de la víctima. El defensor Juan Ravinale no objetó la imputación ni las medidas dispuestas.

 

 

 

Fuente: Diario de La Pampa

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba